miércoles, 29 de mayo de 2013

Cajas de seguridad: el Estado sólo puede allanarlas si un juez lo autoriza

Cajas de seguridad: el Estado sólo puede allanarlas si un juez lo autoriza

El contenido está protegido por la Constitución y sólo se pueden abrir mediante allanamiento por orden judicial. El BCRA puede llegar hasta la titularidad

Pese a los rumores sobre las posibilidades de la AFIP de escanear los contenidos de las cajas de seguridad o las declaraciones del presidente de la UIF que trató de desestabilizadores a los dólares guardados en ellas por estar encajonados, los cofres están protegidos por la Constitución Nacional y el Estado sólo puede acceder a ellos previa denuncia o embargo que habilite a un juez a autorizar un allanamiento.

Así lo afirmaron los abogados consultados por El Cronista, que agregaron que el Banco Central (BCRA) y la AFIP sí pueden conocer los nombres de los titulares de las cajas, en el marco de los controles permanentes que realiza la entidad monetaria sobre el sector por la ley de entidades financieras y el organismo recaudador, por la ley penal tributaria.

La preocupación de las personas que alquilan cajas de seguridad es palpable y más aún en el contexto de blanqueo de capitales que está lanzando el gobierno, y porque no hay una norma que regule específicamente este servicio bancario más allá de la protección sobre la propiedad privada.

El contenido de los cofres está protegido por la Constitución Nacional en su artículo 17 ("La propiedad es inviolable?) y 18 (?El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento").

"Todas las normas exigen que para hacer un allanamiento se requiera que un juez lo ordene, sino cualquier funcionario público se te podría meter en tu caja", explicó un abogado especializado en temas bancarios. "Para allanar, abrir o entrar en la propiedad privada, se necesita una orden judicial que venga en función de una denuncia por evasión, lavado de activos u otro delito; es como que entren en tu casa". El artículo 14 de la ley 25.246, de lavado de activos, así se lo impone a la UIF.

La misma orden de allanamiento -según indica el Código Procesal Penal, desde el artículo 224 al 228- rige para pisar la bóveda del banco donde se encuentran apilados los cofres.

Se estima que existen unos u$s 40.000 millones ahorrados en las cajas de seguridad. Pero la gente también guarda elementos de valor sentimental o documentos.

Quien puede llegar a conocer la titularidad de los cajas, si es que ya no las conoce, es el BCRA. Gracias a sus facultades de inspección bancaria, y porque no rige sobre ellas el secreto bancario, la entidad puede solicitar esos datos con una simple nota a lo bancos. "El BCRA tiene facultades para supervisar los nombres de las personas que tienen caja de seguridad. En el marco de un control del banco, puede pedir los contratos con la contraparte y los bancos no pueden negarse. Esa inspección puede darse en forma permanente, tanto por el BCRA como por la AFIP", dijo otro letrado.

El organismo recaudador puede librar un oficio contra una persona que esté investigando por evasión tributaria.
El servicio de las cajas de seguridad no está hoy regulado porque es un negocio que no afecta al sistema financiero, como el retiro de depósitos que puede hacer quebrar a un banco. Se trata de un espacio que el banco alquila a cambio de un mínimo de $200 mensuales.

Si de todas formas el gobierno decidiera a confiscar las cajas de seguridad, además de la sanción social, los abogados esperarían un mar de amparos y medidas cautelares, ya que los jueces tratarían de proteger esos bienes. La dinámica es difícil de prever, porque el procedimiento sería nulo, pero la AFIP se puede quedar con el 60% entre intereses y multas.

Fuente: El Cronista - miércoles, 22 de mayo de 2013


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