lunes, 28 de marzo de 2011

¿Cómo me quejo ante una Entidad Bancaria?

Este articulo ha sido tomado de la sección "sepa como": presentar quejas del portal del cliente bancario del BCRA. Por aclaraciones y/o dudas no dude en contactarse con el Estudio a fin de poder dar el encuadre adecuado según su problema. Ademas de lo que explica el mismo, para su seguridad, le sugerimos:


SIEMPRE presentar los reclamos POR ESCRITO: una nota para el responsable de atención al cliente con copia al Gerente de la Sucursal. Si adjunta documentacion (ej extractos, liquidaciones de tarjeta, etc) DEJE COPIAS los originales SON SUYOS. Si lo "obligan" a hacer el reclamo telefónico anote: fecha y hora del llamado, nombre y apellido del que lo atendio y el número de reclamo. Posteriormente reitere ese reclamo telefónico por nota teniendo en cuenta lo sugerido mas arriba.


EXIJA UN ACUSE DE RECIBO; fecha, hora firma y sello de quien lo recibio (o firma aclarada) y cargo).


GUARDE la nota en cuestión, conjuntamente con la documentación de respaldo.


SI LA RESPUESTA, es negativa, vaga, incompleta, o no lo satisface (o eventualmente no le responden) sepa que hay otros organismos donde plantear el reclamo. La consulta a un profesional del derecho especializado en la materia, lo ayudará a encuadrarla convenientemente (ej. en Defensa del Consumidor, en la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, etc.) según el caso.


SI HAY LIBRO DE QUEJAS: úselo: deje alli tambien plasmado su reclamo.


TENGA EN CUENTA LOS PLAZOS: cuando reciba su extracto bancario o resúmen de tarjea de credito LEALO, INCLUSO LA LETRA CHICA. ¿Sabía Ud que para reclamar sobre errores en el extracto tiene 30 dias??? No deje pasar el tiempo.


Los invito a leer lo que dice el BCRA al respecto:


"Las cuestiones que se susciten entre las entidades financieras y sus clientes deben ser dirimidas entre las partes, sin intervención del Banco Central. Por ello, lo mejor es quejarse siempre ante el banco y corroborar si todo ha sido bien entendido por ambas partes. En muchos casos, las cosas pueden ser rápidamente solucionadas. Las entidades están obligadas a disponer un servicio de atención al cliente, que tiene uno o más responsables en cada banco y usted puede consultar a través de nuestra sección de Información de Entidades. Después de seleccionar el banco, haga click donde dice “Responsable de atención a la clientela”. Los bancos deben exponer en sus locales, en lugares a la vista del público en general, carteles anunciando la existencia de este servicio. Esto debe incluir los nombres de los responsables de considerar los reclamos y datos para dirigirse a ellos, y el medio de comunicación a emplear a elección del cliente, uno de los cuales necesariamente tiene que ser mediante nota. Estos datos también deben incluirse en las páginas de Internet de los bancos (cuyas direcciones también puede encontrar en la sección de Información de Entidades), en especial cuando se encuentre prevista la posibilidad de operar a través de esos sitios. El banco también debe informar sobre el procedimiento y los encargados de considerar consultas u otras inquietudes. Los bancos también deben designar a otros funcionarios por sucursal o por región, conforme a los procedimientos internos que implementen para la atención de reclamos y consultas. En ciertos casos, un producto o un servicio financiero funciona mal porque la entidad ha hecho algo mal. Esos inconvenientes pueden ser resultado de distintas causas, por ejemplo: Cargos inesperados o excesivos; Una disputa sobre la responsabilidad que cabe cuando el dinero es robado de una cuenta; Información incorrecta o engañosa sobre un producto; Negligencia del banco en informar correctamente sobre los riesgos de un producto; Negligencia del banco en informar adecuadamente sobre alguna cláusula particularmente importante de un contrato; Fallas de la entidad al cumplir instrucciones del cliente; Condiciones que en forma injusta son menos beneficiosas para ciertos clientes en beneficio de otros; Inadecuada información sobre cambios en un contrato. Las denuncias por incumplimiento de la Ley de Entidades Financieras y sus normas reglamentarias deben radicarse ante la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (Reconquista 266 - PB - Buenos Aires, de 10 a 15) citando nombre, apellido, domicilio, oficina, teléfono, correo electrónico, etc. y toda la información necesaria para identificar la situación (entidad financiera, sucursal, tipo de operación, titulares, etc.). Los reclamos relacionados con la información disponible en la Central de Deudores y en la Central de Cheques Rechazados del sitio web del BCRA deben ser canalizados a través de las entidades financieras correspondientes. En muchos casos, no es la Superintendencia de Entidades Financieras y Bancarias el lugar donde quejarse. Existen otros organismos donde puede presentar reclamos por inconvenientes en su relación con el sistema financiero. La institución indicada dependerá de la índole del reclamo. Puede ver más sobre este tema en nuestra sección Derechos y Obligaciones, donde hallará detalles sobre servicios bancarios en general, depósitos, préstamos y tarjetas, y sorteos y concursos."


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